Reconocidos periodistas rechazan modificación a la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública 200-04
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SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, 18 DE SEPTIEMBRE DE 2009.- Quienes suscriben, comunicadores y comunicadoras sociales en ejercicio, ciudadanos y ciudadanas deseamos expresar nuestra preocupación por la incomprensión que se manifiesta en esferas públicas frente a la labor de denuncia que realizan numerosos periodistas tanto en televisión y radio como en periódicos impresos y electrónicos.
Es también muy preocupante el que un diputado haya sometido un proyecto para limitar las garantías contenidas en la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública 200-04, cuyo reglamento fue emitido por decreto presidencial 130 del 2005.
Nuestra preocupación es todavía mayor ante el despropósito, evidentemente ligado a lo anterior, de algunos legisladores que pretenden consagrar constitucionalmente como prerrogativa estatal calificar cuándo una nota periodística es o no “información veraz”, lo que nos sitúa ante el peligro de la censura previa, odiosa práctica negatoria de la libertad de expresión superada en nuestro país desde la caída del régimen de Trujillo.
Es necesario recordar que la Ley 200-04 fue fruto de varios años de consultas con expertos de organismos internacionales y de concertaciones entre instituciones gubernamentales y sociales empeñadas en la lucha contra todo género de malversación de los recursos estatales, objeto de denuncias no sólo de dirigentes de la sociedad civil, sino también de líderes de los partidos políticos siempre que están en la oposición al gobierno de turno.
Como se indica en su mismo texto, esta ley se fundamenta en el inciso 10, artículo 8 de la Constitución de la República, en el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y en dos enunciados del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, de los que la República Dominicana es signataria.
Legislaciones similares han proliferado en las últimas décadas en todos los países donde se ha expresado la firme voluntad de reducir la malversación de los recursos del Estado.
En su artículo 17 la Ley 200-04 contiene una docena de limitaciones, incluyendo la información vinculada con la defensa o la seguridad del Estado, y en vez de mayores restricciones debería ser objeto de ampliaciones para que cumpla su objetivo.
Deploramos la reticencia de numerosos funcionarios públicos, legisladores y políticos a acogerse a los mandatos de esta ley y su reglamento, expresión de nuestras debilidades institucionales, y ratificamos nuestra voluntad de proseguir apelando a ésta cada vez que se nos niegue información de interés público trascendente. Es una responsabilidad que queremos ratificar de conjunto para rechazar los intentos de personalizar y neutralizar las labores periodísticas individuales.
María Isabel Soldevila,
Juan Bolívar Díaz
Miguel Guerrero
Jean Michel Caroit
Alicia Ortega
Manuel Quiterio Cedeño
Nuria Piera
Carmen Imbert Brugal
Huchi Lora, Adriana del Conte
Fausto Rosario Adames
Ramón Colombo
Altagracia Salazar
Ana Mitila Lora
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